Sistema de Emisión Electrónica – SEE
La Sunat implementó un nuevo sistema de emisión electrónica de recibos por honorarios que se lanzó en noviembre del año 2008. Agregó que esta herramienta electrónica está alcanzando resultados alentadores y se viene consolidando entre las personas que obtienen rentas de cuarta categoría por su trabajo independiente. En ese sentido, la Sunat indicó que se espera incrementar la cifra de usuarios de este sistema, ya que se trata de una modalidad más rápida y sencilla para el contribuyente y la puede efectuar desde la comodidad de su casa, oficina o desde una cabina de Internet, este sistema de emisión electrónica ofrece a los contribuyentes la posibilidad de ahorrar en la impresión de sus recibos por honorarios y en los gastos por compra y legalización de su Libro de Ingresos y Gastos, ya que todo se registrará electrónicamente.
Al parecer hasta el momento este mecanismo le viene resultando satisfactorio a SUNAT y lo que se viene sin duda será la FACTURA ELECTRONICA, que se implementará en enero del próximo año. El modelo de Factura Electrónica va más allá de validar y fiscalizar la factura de venta tradicional con timbre de cuño, al ser reemplazada por un timbre electrónico. Fijará un nuevo estándar para el manejo tecnológico de transacciones al interior de las empresas en nuestro país. Esto permitirá vislumbrar que esta nueva tecnología se aplicará no sólo a las transacciones de compras y ventas reflejadas en las facturas, sino que a cualquier tipo de CC.PP. como por ejemplo, el ticket contable electrónico, notas de pedido electrónico, cotizaciones electrónicas, ordenes de compras electrónicas, guías de remisión electrónicas, etc
Los Programas De Declaración Telemática
Otro aspecto a señalar como parte de la Contabilidad Electrónica que se nos avecina es que en nuestro país se ha implementado ya los denominados PDT (Programas de Declaración Telemática) que sirven para declarar los impuestos mensuales del IGV y el I.R: y que pronto se regirán por los mismos estándares tecnológicos del modelo de Factura Electrónica. Vale decir, el formulario deberá tener formato XML, estar timbrado en forma electrónica, con uso de certificado digital y su envío y declaración realizarse por Internet. Este proceso de cambios tendrá que ser implementado de forma paralela con la implementación de la factura electrónica o en su defecto el año 2011. De similar manera en el ámbito de las liquidaciones de planillas de trabajadores y su correspondientes beneficios sociales ya se ha implementado el PDT 600 “Planilla Electrónica” que une tres componentes de la plataforma electrónica a instalarse en el país. Comprobante de Pago Electrónico, en este caso la Boleta de Pago, La declaración de obligaciones previsionales electrónica y finalmente el libro o registro en el que se detallan las operaciones controladas electrónicamente, en este caso la Planilla Electrónica.
Libros Contables Electrónicos
Finalmente y para cerrar el círculo de la denominada Contabilidad Electrónica o Digital surgirá la exigencia de los Libros Electrónicos. El primer paso ya se ha dado a nivel de registros auxiliares y de libros principales, de carácter tributario. En ese sentido la Res. 234-2006/SUNAT en la que se establecen los formatos y requisitos mínimos de la llamada contabilidad simplificada (ventas menores a 150 UIT el período anterior vigente desde el 2009) y la contabilidad completa (ventas mayores a 150 UIT el periodo anterior, vigente en el año 2010) determinan la estructura de datos que deberán de contener los formatos XML bajo el cual se oficializarán los Libros Contables Electrónicos, al cual se sumará su timbrado electrónico, su certificado digital y finalmente su envío a través de internet. En algunos casos si estos se procesan en web oficial de SUNAT, como se prevé así será la Contabilidad Simplificada, ya no será necesario enviar dichos libros vía internet porque ya estarán almacenados en los servidores web de la administración tributaria, tal como ya viene haciéndose con el Libro de Ingresos de los profesionales que se han acogido a los Recibos por Honorarios Electrónicos.
De ahí el paso a exigir que los demás libros a los que se encuentra obligado a llevar un contribuyente de tercera categoría, en contabilidad completa como libros diarios, mayor, balance e inventario tendrán el carácter de electrónicos, y los registros auxiliares en forma ON LINE serán generados vía el proceso de FACTURA ELECTRONICA. La fecha probablemente el año 2012.
Si bien es cierto la adopción y masificación de esta nueva tecnología generará enormes beneficios para la SUNAT, al hacer mucho más eficiente su labor de fiscalización. A las empresas también les permitiría gestionar mucho mejor su negocio, reducir sus costos y mejora en la administración de su información, debe enfocarse dicho proceso más allá de cumplir correctamente con las obligaciones tributarias, debe de enfocarse como un proceso de inserción de tecnologías de información para la mejora de la productividad de las empresas en cada uno de sus procesos.
Las Tecnologías De La Información Y La Facilitación Del Comercio Exterior En La SUNAT
El "gobierno electrónico", consiste en un enfoque de integración de procesos y de uso de tecnología de información y comunicación para facilitar el comercio exterior y el cumplimiento tributario, dando acceso en línea, de manera rápida, fácil y segura a los servicios que ofrece la Administración Tributaria a la comunidad.
En un horizonte cercano, la SUNAT busca que los operadores de comercio exterior y los contribuyentes en general realicen la totalidad de sus declaraciones, pagos y otros trámites por medios electrónicos. En este contexto, la SUNAT está dando prioridad a la facilitación del comercio exterior, especialmente al sector exportador, cuyo desempeño es estratégico para el desarrollo del país.
Tramitación Electrónica De La Restitución De Derechos Arancelarios (Drawback)
Esta es una de las medidas estratégicas que se utilizan, en el fomento de las exportaciones. Para obtener el Drawback en el procedimiento tradicional, el beneficiario presenta su solicitud y la documentación física sustentatoria en forma presencial, produciéndose la tradicional espera y revisión documentaria. Asimismo, en este caso, el funcionario de SUNAT (Especialista de Aduana) procede a ingresar los datos al Sistema Integrado de Gestión Aduanera (SIGAD) para contrastar la información declarada con las importaciones y exportaciones hechas por el beneficiario.
Transmisión Electrónica Del Cuadro De Coeficientes Insumo-Producto De La Reposición De Mercancías En Franquicia
La Reposición de Mercancías en Franquicia es también otro instrumento importante para el fomento de las exportaciones. Se refiere al régimen aduanero por el cual se importan con exoneración automática de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación, mercancías equivalentes a las que, habiendo sido nacionalizadas, han sido transformadas, elaboradas o materialmente incorporadas en productos exportados definitivamente.
Avisos Electrónicos A Los Exportadores
Los avisos electrónicos constituyen una forma de aplicar el concepto de gobierno electrónico. Ya no será el operador de comercio exterior (importador o exportador) quien deba ir en búsqueda de su información, sino que ésta le llegará directamente a su equipo de cómputo y a su celular. Es la SUNAT quien, por medio de la tecnología de la información y la comunicación se pone en contacto con el operador de comercio y le brinda información valiosa de su negocio, cuando éste se encuentra dentro del proceso aduanero.
La nueva SUNAT, constituida luego del proceso de fusión, ha despertado en la comunidad del comercio exterior un interés por saber cuáles son los beneficios que le generará dicho proceso. Una vez que se ha definido la estrategia de integración y generación de sinergias, en la que se respeta la naturaleza de ambos negocios (tributos internos y aduanas), se manifiesta un renovado esfuerzo por la facilitación del comercio con el uso estratégico de la tecnologías de la información y la comunicación, en el tránsito hacia la construcción del "gobierno electrónico" en el campo de la administración tributaria y aduanera.
EL E-GOVERNMENT
El e-government, e-gobierno o gobierno electrónico consiste en el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de gobierno y en la entrega de los productos y servicios del Estado tanto a los ciudadanos como a la industria. Muchas de las tecnologías involucradas y sus implementaciones son las mismas o similares a aquéllas correspondientes al sector privado del comercio electrónico (o e-business), mientras que otras son específicas o únicas en relación a las necesidades del gobierno.
Se basa principalmente en la implantación de herramientas como portales, ERPs, que en caso de los gobiernos se conocen como GRPs, CRMs, y muchas otras, buscando una mejora en la eficiencia y eficacia de los procesos internos y de vinculación con la sociedad.
El e-Government, como elemento integrante del nuevo esquema de relación entre la administración y los ciudadanos, exige una adaptación y evolución de los sistemas de información públicos actuales. En el sistema resultante, que tecnológicamente ha de sustentarse en un modelo único e integrado, aparecen cuatro objetivos estratégicos o conceptos clave, sobre los que debe pivotar su definición y alcance: Accesibilidad, Conocimiento, Eficacia, Solidez y evolución.
Los componentes de una solución e-Government:
Los elementos básicos que configuran una solución e-Government son: el modelo básico de tramitación (MBT), el sistema de información soporte a dichos procesos de e-Government –integrado a su vez por diversos módulos, así como la metodología de implantación de procedimientos.
http://ysabelcarpio.blogspot.com/2009/09/tecnologias-que-implementan-la-sunat-y.html
jueves, 17 de septiembre de 2009
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